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Tratado de Derecho de Sucesiones TOMO I y II. Código Civil y Normativa Civil Autonómica: Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco

  

Autor: Gete-Alonso y Calera, Mª.C.

Ed: Civitas jun-2011

ISBN: 84-470-3640-5 ISBN-13: 978-84-470-3640-0

Soporte: Libro Páginas: 2800

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El Derecho de Sucesiones es materia de Derecho Civil que comprende el conjunto de reglas a través de las que se organiza la sucesión de una persona en la titularidad de los bienes y derechos que deja vacantes (sin titular) como consecuencia de su muerte, a fin de determinar un orden, destino y transmisión.
Con todo, en él se contienen no sólo las normas que estrictamente regulan la situación de sustitución en las relaciones jurídicas y en la titularidad, sino también las que se refieren a todas las cuestiones que se originan como consecuencia del fenómeno hereditario, del que se derivan relaciones jurídicas ex novo.
De ahí el carácter completo, a la par que complejo y eminentemente técnico jurídico de esta materia en la que se presumen conocidos los conceptos básicos del derecho privado
Las reglas del Derecho de Sucesiones parten de una constatación empírica común a todos los sistemas jurídicos, sea cual sea la ideología política del legislador y el momento histórico determinado en el que se dicten: la necesidad de organizar de alguna manera (más o menos amplia) la continuidad más allá de la muerte de ciertas relaciones jurídicas de los individuos, relaciones sobre las que se reconoce y admite que la persona particular goza de un poder de regulación (intervención).
Es la necesidad de establecer un orden y dotar de seguridad a aquéllas que, de no organizarse, devendrían sin titular con el perjuicio consiguiente para los acreedores y terceros.
Cierto que el estado podría asumir tal ordenación por completo, en cuyo caso no se consideraría la voluntad particular; pero ocurre que en el ámbito de las relaciones entre personas, las reglas de derecho privado, en la tradición jurídica romanista occidental (sistemas del civil law, pero asimismo en los del common law) son las que han permitido una organización racional, rápida y sencilla del patrimonio, con independencia del mayor o menor margen de libertad privada (autonomía) que cada ordenamiento reconozca, que es la que se refleja en las normas por las que se regula el TRATADO DE DERECHO DE SUCESIONES

Sobre los autores

Gete-Alonso y Calera, Mª.C.

Catedrática de Derecho Civil Universidad Autónoma de Barcelona

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